“La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha considerado improcedente el despido de un trabajador por utilizar Internet para consultar su correo electrónico personal, chatear y ver vÃdeos pornográficos en horario laboral. La empresa deberá readmitir al empleado o indemnizarle con 4.200 euros más 43 por cada dÃa de salario no cobrado desde la fecha del despido”.
Fuente: elpais.es
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{ 8 comentarios }
QUE GRATO REGRESO…..
LA VERDAD EL USO DE INTERNET EN LA OFICINA ENTORPECE EL TRABAJO Y SE ROMPE EL TRABAJO EN EQUIPO YO DARIA CIERTO TIEMPO EN LA EMPRESA PARA ESTO UNA 1/2 HORA Y LISTO TODOS TENDRIAN UN TIEMPO LIMITADO N LA RED Y NO ENTORPECERIAN EL TRABAJO…………..
ABRAZO VIRTUAL Y FELIZ REGRESO A LA BLOGSFERA
En según que empresas usar Internet para uso personal es casi obligatorio. Por ejemplo, sé de empresas de diseños web (y no es la mÃa
) que lo primero que hacen sus empleados al llegar es pasarse una hora leyendo blogs. Eso es incluso bueno para la empresa, porque les ayuda a estar al dÃa.
Pero de ahà a chatear y ver porno en el horario laboral me dá que va un abismo.
Ya me imagino ir a las oficinas de hacienda para hacer la declaración y ver la cara de baboso del tÃo viendo porno… cuando se trabajará???
Blogosalu2.
Hombre, veo un poco caradura que el tipo se ponga a ver porno…un poquito de por favor, si miras el correo es una tonterÃa..pero porno!!
Yo por ejemplo tengo un trabajo aburrido de oficina y me paso la mayorÃa del tiempo viendo blogs. Asà que esta noticia me viene bien y todo, al fin y al cabo
Uy, espera, que viene el jefe…
Va si da igual que me pille escribiendo aquÃ, la lei me ampara!!
A saber la cantidad de sentencias que han fallado en contra del trabajador …
En la noticia falta lo básico: el porqué de la sentencia. No es que se justifique ver porno en el trabajo, es que la empresa vigiló de forma ilegal (espió) las actividades del “trabajador”. La torpeza invalidó el despido por la forma de acceder a la información, no por otra cosa.
esta bergon
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