…y te dejas de esas vainas de “cese temporal de la convivencia matrimonial“? La realeza también puede.
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{ 1 comentario }
Muy sencillo, Manuel: la separación, aun cuando sea “de hecho”, conlleva unos serios efectos jurídicos. Perdida de la posibilidad de ser tutor del otro cónyuge en caso de incapacidad, consecuencias respecto de los derechos hereditarios, la Seguridad Social, etc. Esta extraña figura de “cese temporal de la convivencia” es un “cualquier cosa menos una separación”.
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