
Señores eurodiputados: ¡Dejen en paz a los blogs!
“La política es el arte de buscar problemas, encontrarlos, hacer un diagnóstico falso y aplicar después los remedios equivocados”.
Groucho Marx
Los políticos europeos se doctoran en lo suyo: se han inventado un problema (los blogs), han hecho un diagnóstico falso (son un peligro) y apuestan por el remedio equivocado (hay que regularlos).
Señores eurodiputados, sé que el aburrimiento produce monstruos y que el interés por controlarlo todo desde la esfera política es imposible de disimular, pero déjenme aclararles apenas unas cositas:
- Los blogs no son más que una herramienta de expresión colectiva o personal.
- Los blogs no responden más que a los intereses de cada autor.
- Los blogs han de ser necesariamente libres.
- El 99% de los blogs deja suficientemente claras sus fuentes y, además, las enlazan. Ésa es precisamente una de las bases de su éxito.
- Los blogs ya están controlados y regulados por las leyes de cada país, allí donde se extralimiten en su derecho a la libertad de expresión. En España, nos regulamos por el art. 20 de nuestra Constitución (*).
- Los bloggers no necesitamos estatutos ni códigos éticos. Cada blogger es su propio estatuto y establece el código ético que le viene en gana.
- Los bloggers no necesitamos ser imparciales ni creíbles; lo primero es imposible incluso para un político, y lo segundo dependerá del tipo de blog (los hay hasta de ficción). La audiencia es quien mantiene a un blog. La Justicia es la que determina si hay excesos.
- Los blogs somos, efectivamente, un baluarte de la libertad de expresión, y por eso mismo rechazamos cualquier ingerencia sospechosa, especialmente si proviene del ámbito político. No somos peligrosos, salvo para quienes cuestionan esa misma libertad que dicen defender.
Por todo ello, y con mi máxima consideración, les suplico, una vez más, humildemente:
¡¡¡QUE NOS DEJEN EN PAZ!!!
…y se dediquen en cuerpo y alma a problemas realmente preocupantes como la crisis, el cambio climático, la corrupción o la inmigración.
Gracias por adelantado.
(*) Artículo 20 de la Constitución Española de 1978 (si estará la cosa mal, que es la segunda vez esta semana que me veo obligado a citarlo):
- “Se reconocen y protegen los derechos:
- A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.
- A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.
- A la libertad de cátedra.
- A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La Ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.
- El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.
- La Ley regulará la organización y el control parlamentario de los medios de comunicación social dependientes del Estado o de cualquier ente público y garantizará el acceso a dichos medios de los grupos sociales y políticos significativos, respetando el pluralismo de la sociedad y de las diversas lenguas de España.
- Estas libertades tienen su límite en el respeto a los derechos reconocidos en este Título, en los preceptos de las Leyes que lo desarrollan y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia.
- Solo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial”.
El montaje gráfico (manguix) está basado en los vídeos de Chris Crocker.