El P2P no es delito, a ver si de ésta te enteras


por el 01/11/2006

en música

Se resisten, se resisten a aceptar la legislación vigente y siguen por ahí predicando delitos inexistentes y llevando a los tribunales a ciudadanos honestos cuya única culpa es la de ejercer su derecho fundamental al acceso a la cultura. Pero la realidad es tozuda; y la Ley, así de clara:

“La juez de lo Penal número 3 de Santander, Paz Aldecoa, ha absuelto a un internauta -para quien se pedían dos años de cárcel por descargar y compartir música en Internet – por considerar que esa práctica no es delito, si no existe ánimo de lucro, y está amparada por el derecho de copia privada”.


La notica ofrece varios elementos de interés, pero yo me quedo con el pasaje en el que se dice:

“Por estas prácticas, se habían personado en su contra el como acusaciones el Ministerio Fiscal, la Asociación Fonográfica y Videográfica Española (Afyve) y la Asociación Española de distribuidores y editores de software de entretenimiento (Adese)”.

De los dos últimos, nada más que decir que lo dicho, pero ¿qué hace el Ministerio Fiscal apoyando estas acusaciones? ¿Es que los fiscales no se leen las circulares de la propia Fiscalía General del Estado? La juez parece que sí, ¡bravo por ella!

Fuente: Ideal Digital

También lo comentan: Escolar | Caspatv | Enrique Dans

Gracias, Javier.

Actualización (01 nov-09.00 h): Como bien nos cuenta rwx en los comentarios, aunque hoy está dando la vuelta a la blogosfera la noticia es de septiembre y fue lanzada por David Bravo y recogida por Banda Ancha.

Actualización (02 nov-01.08 h): Aunque no he encontrado respaldo fechaciente para la afirmación, Pixel nos avisa en los comentarios de que, efectivamente, la vuelta del caso a los titulares se debe a una confirmación de la sentencia.

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{ 17 comentarios }

d.c. noviembre 1, 2006 a las 20:01

Buenas mmeida. Te aclaro que la presencia de la Fiscalía, salvo que recuerde mal, se debió a que tenía sospechas de que el objetivo de las copias era el de comerciar con ellas. En cambio, como ves, lo único que se demostró fue justo lo contrario.

Por cierto, el Editorial de ‘La Gaceta de las Canarias’ que publicaste hace unos días, ¿también está bajo licencia CC?. Es que a cosas así se les debe dar difusión.

Maguila noviembre 1, 2006 a las 20:07

Nos podrian mandar esos jueces a Argentina? de cualquier manera mas allá de las leyes y las asociaciones de puritanos de la propiedad intelectual, lo precario de la infraestructura y la incapacidad de quienes ejercen la autoridad hace que no puedan ni siquiera evitar que se baje peliculas con la mula la secretaria personal del presidente, pero siguen rompiendo.

Javier Prenafeta noviembre 1, 2006 a las 20:08

En realidad la noticia no habla de redes P2P, aunque es lo primero que pensamos todos cuando se habla de compartir por Internet. Y es importante, porque aunque es cierto que la circular de la Fiscalía dice que estas conductas no son delictivas por no existir ánimo de lucro y que la simple descarga está amparada por la copia privada, en cuanto al uso de las redes P2P claramente dice que no cabe la copia privada porque a la vez que se descarga existe una comunicación pública sin autorización.

El uso de redes P2P sigue sin ser delito porque falta el ánimo de lucro, pero la circular no descarta que sea un ilícito civil, así que no lo considera legal.

d.c. noviembre 1, 2006 a las 20:21

Ah, ¿que en el P2P hay una comunicación pública?. Eso hay que discutirlo. Quizás el P2P sea una herramienta que permite llevar a cabo esa comunicación pública, pero puede ser que no todo el mundo que se conecte a ella tenga los medios técnicos para llevarla a cabo.

Vamos, que no es lo mismo usar una emisora de radio que el walki-talki que me regalaron por los Reyes Magos cuando era aun un crío. Nadie en su sano juicio me demandaría por usarlo para “retransmitir” lo que escucho en mi équipo de música, ¿no?. Pues entonces, ¿no se puede aplicar esto mismo a los que se conectan a las redes P2P con un modem de 56k o con una conexión ADSL de las que “disfrutan” los usuarios?. Decir que se hace una comunicación pública con algo de tan corto alcance, ¿no es algo muy exagerado?.

A ver si con este comentario tengo suerte y me sale a la primera, mmeida,:wink:.

mmeida noviembre 1, 2006 a las 20:22

Gracias, d.c., desconocía ese extremo, que justifica en parte la actuación del fiscal (aunque creo que primero debería haberse asegurado de que existía delito). Sobre el editorial, aunque oficialmente no hay licencia CC, puedes hacer uso del texto como prefieras.

Javier, buen apunte. Ya hemos hablado de eso en otras ocasiones y soy consciente de las diferencias, por eso hablo en todo momento de ‘delito’ y no de ‘ilegalidad’.

Un saludo.

rwx noviembre 1, 2006 a las 21:05

La noticia tiene dos meses. Two months ago…

mmeida noviembre 1, 2006 a las 21:17

Jajaja, gracias rwx.

Un saludo.

rwx noviembre 1, 2006 a las 21:57

mmeida: Estamos intentando averiguar si quizás, que haya sido firme, haya provocado esta riada sobre la misma ;)

mmeida noviembre 1, 2006 a las 22:05

Okis, avisa si hay novedad.

Un saludo.

Jordi noviembre 1, 2006 a las 22:06

Pues la verdad es que ya era hora. cuando se darán cuenta de que si no consigo beneficio económico no es delito. Esto es algo par empezar

d.c. noviembre 2, 2006 a las 00:08

Quería añadir que, efectivamente, tal y como dice Javier Prenafeta, el caso no era exactamente de P2P. Realmente el origen estaba en un proceso que se abrió contra una página web en el que su administrador, que debió lucrarse con su actividad, sí fue condenado. El que finalmente ha sido absuelto se vio metido en el follón porque se pensó que éste tenía relación con el anterior a partir de unos correos electrónicos.

Ahora bien, el que el juicio no fuera por intercambio a través de redes P2P no evita que toda la argumentación que da la juez no sea aplicable a éstas.

Pixel noviembre 2, 2006 a las 01:20

La novedad es que ahora la sentencia es firme, y no puede ser recurrida. Por eso ha vuelto ha salir en agencias.

suicid noviembre 2, 2006 a las 22:19

Hey! Acaba de salir este artículo en las noticias de La2.

mmeida noviembre 2, 2006 a las 22:27

¿Quieres decir el tema o el post?

Un saludo.

rwx noviembre 3, 2006 a las 02:18

Pues…. no parece que sea firme. Está apelada en la Audiencia Provincial, según publica hoy El País. A veces pasan estas cosas como seguro que conoces perfectamente ;)

mmeida noviembre 3, 2006 a las 02:20

Pues esperaremos a ver, por lo pronto nos quedamos con esta sentencia :cool:

Un saludo.

buenomasbueno noviembre 6, 2006 a las 19:07

Hombre eso de: “llevando a los tribunales a ciudadanos honestos cuya única culpa es la de ejercer su derecho fundamental al acceso a la cultura”, no se si es muy aplicable al caso. Si el tipo este era honesto, debía ser también un sabio, un hombre culto y cultivado, con todas las letras. Resulta que el honesto ilustrado, en el libre ejercicio del inalienable derecho al libre acceso a la cultura, poseía más de 6500 álbumes grabados en 625 cds.
No me parece suficiente como para meterlo a la carcel, pero no hubiera estado mal una buena multa. Si fuera la acusación lo habria demandado por falta de vergüenza, y por vicioso… ¿o es que acaso el pavo ha escuchado los 6500 discos enteros? Venga hombre… eso ya es recrearse.
Yo descargo musica, peliculas, software…sabiendo que estoy haciendo algo ilegal, y sabiendo que si todo el mundo hiciera lo mismo, no exisitiría ese estupido derecho al libre acceso a la cultura, porque la cultura no remunerada, no existiria. ¿cuantos cantantes, escritores, cineastas, etc, crean por amor al arte? Venga ya.

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