Luis Cobos: "La propiedad intelectual es un derecho fundamental"

por mmeida el 03/02/2007

en música

“P.– Pero, el canon sigue sin gustar a los usuarios.

R.– La propiedad intelectual no es un impuesto, es un derecho fundamental. ¿Por qué no se cuestiona que en todos los objetos haya una cantidad para sus inventores y no ocurra lo mismo con los autores, con los creadores de cultura? El canon es una compensación por la copia privada, una excepción a un derecho del autor.

No está mal para alguien que ha basado toda su ‘carrera’ en fusilar y transformar obras de los demás. Pero, así y todo, se equivoca. La propiedad intelectual no es un derecho fundamental (constitucional) en España. El acceso a la cultura, en cambio, sí que lo es.

La propiedad intelectual tampoco es un derecho contemplado en la Declaración Universal de los Derechos humanos. Lo que sí recoge esta carta es el derecho de autor (art. 27.2). Y, aunque algunos pretendan convencernos de que son lo mismo para poder mercadear a su antojo, lo cierto es que son cosas bien diferentes. Por cierto, lo que también deja claro la Declaración es el derecho de toda persona:

“A tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten” (art. 27.1).

Más perlas y demagogia surtida del presidente de la AIE, en elmundo.es.

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{ 3 trackbacks }

meneame.net
03/02/2007 a las 20:18
Mangas Verdes » Alaska: "La crisis es de la industria, no de los músicos"
04/02/2007 a las 20:08
La crisis es de la industria, no de los músicos · Galder.net web –> blog
06/02/2007 a las 19:45

{ 10 comentarios }

1 pinzonazul 03/02/2007 en 17:22

No soy experto en temas legales, pero me da la impresión de que hace demagogia mezclando algo, la propiedad intelectual -que si bien no es un derecho fundamental no niego que deba ser claramente reconocida- con el maldito canon. Dicho de otra forma, que la propiedad intelectual debe proteger que nadie se enriquezca a costa de una creación ajena, pero si descargo música o películas de la red y las grabo en un CD para mi uso personal (o incluso para prestarlo a algún amigo) no estoy obteniendo ningún beneficio económico de ello; así que ya nos explicarán Cobos y todos los demás como se vulnera la propiedad intelectual en ese caso. En vez de canon habría que llamarlo por su nombre, impuesto revolucionario.

2 javier e 03/02/2007 en 18:17

Los derechos fundamentales aparecen recogidos en el título I de la CE. Y este señor debería de leerselo para no andar metiendo la pata…

Los derechos fundamentales son aquellos necesarios para salvaguardar la libertad, la dignidad… El derecho a la propiedad intelectual no es un bien esencial, además se reconoce en la legislación como un derecho, pero no como un derecho fundamental. Es un derecho recogido por el código de comercio y demás leyes mercantiles. Que lo protegen lo suficiente.

Aquí difiero con pinzonazul, porque incluir un derecho como el de la propiedad intelectual entre los fundamentales daría lugar a que éstos perdiesen su razón de ser. Es decir: su carácter de esenciales. Además se entraría en embrollo legal increíble y si eso se lograse olvídate de bajarte canciones desde internet con impunidad. Los derechos fundamentales están protegidos con las más altas penas.

Los señores de la SGAE equivocan el enfoque totalmente y por eso tienen a toda la opinión pública corriéndolos a gorrazos.

3 Paco 03/02/2007 en 19:05

Si compro un diario en mi ciudad , sea el El Mundo o El País o cualquier otro, y se lo presto a alguien o se lo doy, ¿también incumplo la ley de propiedad intelectual? ¿o solo cuando compro un CD y dejo que lo copie quien me de la real gana, que para eso lo he comprado lo mismo que el diario?. :mrgreen:

4 pinzonazul 03/02/2007 en 22:11

Javier, igual no me expliqué bien, no quería decir que la propiedad intelectual deba ser un derecho fundamental (evidentemente no se puede equiparar a la vida, la sanidad, la educación o la vivienda; por ejemplo). Pero en todo caso es un derecho que no debe cuestionarse, incluso cuando uno distribuye gratuitamente su obra, que no es el caso de que llegue un listillo y venda lo que uno está regalando. La propiedad intelectual garantizaría entonces la justa resolución de esos conflictos. Un saludo.

5 javier 03/02/2007 en 23:55

me gustaria decirle a luis cobos si no tenia suficiente con lo que robaba con el productor jorge alvarez,cuando trabajaba para cbs…pasando cuentas de grabacion en estudio totalmente ficticias…alla por la epoca de la “MOVIDA”…y mejor que no diga nada…no vayamos a que el espiritu de carlos risueño se levante de la tumba y lo aplaste…artistucho…

6 rwx 04/02/2007 en 00:38

Fundamentales son los derechos recogidos en la Constitución en el artículo 14 al 29. De Derecho sabe más bien poco. Yo le recomendaría que siguiera copiando canciones de otros para tocarlas con su cutre-orquesta, que eso lo hacía bastante bien.

7 Leo Borj 04/02/2007 en 02:52

Según el “post” dice Luis Cobos:

¿Por qué no se cuestiona que en todos los objetos haya una cantidad para sus inventores y no ocurra lo mismo con los autores, con los creadores de cultura?

Sin saberlo ha dado en el clavo, ¡¡ las patentes caducan !! y ¿qué clase de privilegio tienen los “creadores de cultura” que no tengamos otros creadores para que sus creaciones se les remuneren para siempre?

Una cosa son los derechos de autor y otra es cobrárselos por el método del canon. Es un procedimiento muy antiguo, ya lo utilizó Herodes, Siglo I, ¿ que hay un “niño malo”? Pues “me cargo a todos” y seguro que acierto. Siglo XXI, ¿Que hay “personas malas – piratas” que copian canciones sin pagar? Pues que paguen todas por anticipado.

8 sin nombre 04/02/2007 en 10:48

Artículo 27
1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.
2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.

9 HeV 04/02/2007 en 12:49

Por cierto, los comentarios sobre la calidad artística de este señor son totalmente acertados. Pero lo más gracioso es que alguien que toma música de otros y la manipula a su antojo exija compensación por ello.

10 Víctor Michelón 04/02/2007 en 13:25

Estimado Manuel:
Aunque no escribo comentarios a menudo, abordé el tema de los derechos de propiedad intelectual, en literatura, basándome en el título de un libro : “Por Favor, ¡Plagienme!”, en el sentido de “¡Copienme!”. Mi Post se denomina “De “Copiones ” y “Tragas”… aludiendo a dos tipos muy diferentes de alumnos de la ecuela elemental, o primaria.
Su autor, el escritor argentino Alberto Laiseca, escribe a lo largo de 242 páginas cortas novelas “negras”, perfectos manifiestos de partidos políticos, escribe un evangelio apócrifo, y nos revela irónicamente, que en literatura no hay nada nuevo bajo el sol. Copia los estilos más insólitos con gran eficacia. Si tienes oportunidad, miralo !
Víctor

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