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En realidad, hablamos de ‘modelo Sarkozy‘ porque éste se basa en el espionaje salvaje y contrario a derechos fundamentales de los usuarios de Internet para localizar a quienes se intercambien archivos, aunque somos conscientes de que en Italia no rige, al menos de momento, como en España, tal impresentable legislación.
Pues bien, como aviso a navegantes (léase gobiernos insensibles y gestoras de derechos de autor), la Autoridad italiana para la Protección de la Privacidad (organismo similar a la Agencia de Protección de Datos española) ha determinado que las discográficas no pueden espiar a los usuarios de las redes P2P para obtener los datos que llevarían a identificarlos y exigirles posteriormente una indemnización por las ‘pérdidas generadas’ por sus descargas.
Como siempre, el jugo de la noticia está en la argumentación, perfectamente aplicable a cualquier sociedad democrática que vele por el interés general y los derechos de sus ciudadanos, no como otras a las que espero no tener que señalar en breve:
“La Autoridad italiana para la Protección de la Privacidad determinó que estos procedimientos son ilegales, ya que la directiva europea sobre telecomunicaciones prohíbe a las compañías privadas efectuar controles masivos de datos.
Además, señaló que estas empresas no han respetado los principios de transparencia y corrección, pues los datos de los usuarios se tomaron sin que éstos tuvieran conocimiento de que eran controlados”.
Pues eso, se siente.
Fuente: 20minutos.es