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Desde el 2 de agosto, Europa empieza a poner etiquetas donde hasta ahora había ambigüedad.
Las primeras obligaciones de transparencia del Reglamento europeo de inteligencia artificial entran en vigor ese día y afectan a algo muy cotidiano. Quien use herramientas capaces de crear imágenes, vídeos, audios o textos tendrá que incorporar marcas que permitan reconocer ese material generado o manipulado mediante inteligencia artificial.
Europa obliga a decir cuándo habla una máquina
También los asistentes conversacionales y los chatbots deberán advertir con claridad de que el usuario interactúa con una máquina y no con una persona. Parece una precisión menor, pero toca una frontera cada vez más borrosa en atención al cliente, búsqueda, educación y consumo de información.
En el uso profesional, la exigencia va un paso más allá y alcanza a los contenidos alterados con esta tecnología. Esa discusión ya aparecía en el etiquetado de deepfakes y resúmenes, donde la clave no era solo detectar la intervención de la máquina, sino dejar claro quién responde por lo publicado.
Hay una excepción relevante para los contenidos de interés público generados por inteligencia artificial. La obligación de revelar su origen desaparece cuando existe revisión humana o control editorial y una persona asume la responsabilidad editorial.
Bruselas cerró otra puerta que podía vaciar esa exención de sentido. Las revisiones meramente formales, como la corrección ortográfica o gramatical, no cuentan como revisión humana ni como control editorial.
La Comisión Europea asume un control que antes no tenía
Por primera vez, la Comisión Europea asume competencias para velar por el cumplimiento de la norma y supervisar los modelos de inteligencia artificial de propósito general. Eso desplaza el foco desde las promesas de las empresas hacia la capacidad real de inspección.
La Oficina Europea de IA podrá requerir información a las compañías, acceder a los sistemas para evaluarlos, ordenar medidas correctoras y restringir su disponibilidad cuando detecte incumplimientos. A la vez, las autoridades nacionales vigilarán el resto de herramientas desplegadas en su territorio y el Supervisor Europeo de Protección de Datos controlará las utilizadas por instituciones, organismos y agencias de la Unión Europea.
Además, Bruselas ha constituido un panel científico con 60 expertos independientes y ha designado un asesor científico jefe para apoyar la supervisión. No es un detalle administrativo, porque la norma entra en terrenos técnicos donde una etiqueta visible resulta mucho más simple que auditar un modelo de propósito general.
Junto a ese esquema, ya funcionan canales para comunicar posibles incumplimientos. Ciudadanos, empresas y desarrolladores de aplicaciones podrán usar un mecanismo de denuncias abierto para alertar sobre prácticas que no respeten las nuevas obligaciones.
El calendario no termina en agosto y diciembre trae otro giro
El 2 de diciembre entrarán en vigor nuevas prohibiciones del paquete AI Omnibus para impedir sistemas capaces de generar contenido sexual explícito sin consentimiento o material de abuso sexual infantil. Ese mismo 2 de diciembre terminará además el periodo transitorio concedido a determinados modelos de inteligencia artificial ya comercializados para adaptarse a la obligación de identificar contenidos generados.
Ese calendario ya había asomado en el aplazamiento de las reglas de alto riesgo, que separó en el tiempo las exigencias de transparencia y las obligaciones más duras para sectores sensibles.
La siguiente fecha grande queda más lejos, pero afecta a ámbitos mucho más delicados. El 2 de diciembre de 2027 empezarán a aplicarse las normas para la inteligencia artificial de alto riesgo en sanidad, educación o empleo.
Después llegará otro escalón el 2 de agosto de 2028, cuando empezarán a aplicarse las disposiciones para sistemas integrados en productos sometidos a otra legislación europea, como dispositivos médicos o vehículos. También se considerarán de alto riesgo los sistemas que actúen como componentes de seguridad de productos o que sean productos en sí mismos dentro de leyes de armonización de la Unión, entre ellos maquinaria, juguetes, ascensores o dispositivos médicos.
Las multas convierten la transparencia en una obligación tangible
El incumplimiento de estas obligaciones de transparencia podrá acarrear sanciones de hasta 15 millones de euros o el 3 % de la facturación anual total del ejercicio anterior, según cuál de las dos cifras resulte más alta. Las autoridades podrán aplicar el principio de proporcionalidad cuando sancionen a pymes y pequeñas empresas de mediana capitalización.
La paradoja es clara. Europa empieza exigiendo algo tan básico como avisar de que una voz, una imagen o un texto salen de una máquina, y lo hace con multas que alcanzan 15 millones de euros o el 3 % de la facturación anual total del ejercicio anterior.