La UE retrasa hasta 2028 la IA de alto riesgo, pero veta los desnudos falsos ya en diciembre de 2026

El Consejo de la UE aprueba el Ómnibus Digital: aplaza obligaciones de alto riesgo para IA, acelera el veto a contenido íntimo no consentido y reduce a tres meses el margen de transparencia.

01 de julio de 2026 a las 16:03h
La UE retrasa hasta 2028 la IA de alto riesgo, pero veta los desnudos falsos ya en diciembre de 2026
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Europa ha movido el calendario de la inteligencia artificial, pero no en una sola dirección.

El 29 de junio, el Consejo de la Unión Europea aprobó el Ómnibus Digital en materia de inteligencia artificial dentro del paquete Ómnibus VII, con dos propuestas dirigidas a homogeneizar la aplicación del Reglamento (UE) 2024/1689. El movimiento retoca plazos, reparte competencias y aclara qué partes del engranaje comunitario vigilarán cada tipo de sistema.

Bruselas retrasa las obligaciones más duras para la IA de alto riesgo

Las normas para los sistemas autónomos de alto riesgo del Anexo III serán aplicables el 2 de diciembre de 2027.

En el caso de los sistemas de alto riesgo sujetos a legislación armonizada del Anexo I, la fecha pasa al 2 de agosto de 2028. La diferencia no es menor, porque separa dos grupos de tecnologías que a menudo se presentan al público como si formaran un único bloque regulatorio.

También cambia el calendario para los espacios controlados de pruebas, que las autoridades nacionales deberán establecer antes del 2 de agosto de 2027. Ese aplazamiento afecta a uno de los pocos instrumentos pensados para probar sistemas delicados bajo supervisión antes de que entren de lleno en entornos reales.

Ese reajuste encaja con el retraso de la marca de agua, otra de las piezas que la Unión ha recolocado en las últimas semanas.

La prohibición sobre desnudos falsos llega antes que otras exigencias

No todo se aplaza.

La Unión Europea prohíbe las prácticas de inteligencia artificial destinadas a generar contenido sexual e íntimo no consentido y material de abuso sexual infantil. Dentro de esa prohibición entran tanto los sistemas capaces de crear desnudos de personas reales como las herramientas que permiten desvestir digitalmente fotografías.

La fecha clave aquí es diciembre de 2026. Mientras parte de la arquitectura regulatoria para usos de alto riesgo gana tiempo, la creación de material íntimo no consentido queda vetada antes, una señal clara de qué daños considera más urgentes el legislador europeo.

La decisión conecta con el veto al deepnude no consentido, donde el foco ya estaba puesto en la intimidad digital y en la facilidad con la que una foto corriente puede convertirse en un arma.

La transparencia se comprime a solo tres meses

Otro giro afecta al contenido generado artificialmente.

El periodo de gracia para implementar soluciones de transparencia baja de seis a tres meses, y la nueva fecha límite queda fijada en el 2 de diciembre de 2026. Dicho de otro modo, la ventana para adaptar etiquetas, avisos o marcas de identificación será la mitad de la prevista inicialmente.

A veces la regulación avanza así, con una mezcla que parece contradictoria a primera vista. Se alargan ciertos plazos para sistemas de alto riesgo, pero se acorta el margen para advertir al usuario cuando una imagen, un audio, un vídeo o un texto salen de una máquina.

Quién vigila qué también cambia con el nuevo reparto

La Oficina de inteligencia artificial supervisará los sistemas construidos sobre modelos de uso general cuando el modelo y el sistema procedan del mismo proveedor. Las autoridades nacionales, por su parte, conservan las competencias en seguridad, orden público, gestión de fronteras, Administración de justicia y sector financiero.

Además, el nuevo marco habilita un mecanismo mediante actos de ejecución para limitar la aplicación del reglamento cuando una legislación sectorial ya imponga requisitos equivalentes. La Comisión también prestará asesoramiento a los operadores económicos de sistemas de alto riesgo cubiertos por normas sectoriales, una tarea menos vistosa que los grandes anuncios, pero decisiva cuando toca traducir el boletín oficial a procedimientos concretos.

La exención para los productos cubiertos por el Reglamento (UE) 2023/1230 de Máquinas termina de dibujar esa lógica. El acto legislativo se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea y entrará en vigor al tercer día siguiente a su publicación.

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