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Desde el 2 de agosto de 2026, una empresa europea ya no puede dejar en la penumbra si al otro lado responde una máquina.
La obligación figura en el artículo 50 del Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial y alcanza a quienes desarrollan, integran o usan estas herramientas en atención al cliente, comunicación corporativa, marketing o generación de contenidos. La regla no pide una nota escondida al final de una página, porque la información debe ser visible y accesible desde el inicio de la interacción.
Bruselas exige que el aviso aparezca antes de que empiece la conversación
Eso cambia una escena cotidiana que ya forma parte del día a día en bancos, tiendas, aerolíneas o servicios públicos, donde un asistente virtual contesta dudas, tramita reclamaciones o guía una compra. Los sistemas de conversación automatizada deberán informar con claridad de que la comunicación se produce con un sistema no humano.
No siempre hará falta la misma intensidad en el aviso.
La propia norma flexibiliza esas obligaciones cuando para un usuario razonablemente informado resulte evidente que está interactuando con una inteligencia artificial. Aun así, esa excepción no permite esconder el dato en las condiciones de uso ni confiar en que el diseño del servicio hable por sí solo.
El problema no termina en los chatbots cuando la IA también fabrica pruebas falsas
La transparencia no se limita a las conversaciones. Imágenes, vídeos, audios o textos creados artificialmente deberán incorporar mecanismos para reconocer su origen sintético, una exigencia que conecta con un temor muy concreto de la Comisión Europea.
Bruselas sitúa ahí cuatro riesgos que ya no suenan teóricos, la desinformación, el fraude, la manipulación y la suplantación de identidad. En esa lógica encaja también la obligación de advertir cuando una imagen, un vídeo o un audio manipulado por inteligencia artificial reproduce personas, lugares u objetos reales y puede confundirse con una representación auténtica.
El reto está en que una falsificación convincente suele circular más deprisa que su desmentido.
Por eso el reglamento no distingue solo entre contenido creado desde cero y contenido alterado, también pone el foco en la posibilidad de confusión. Quien vea una voz clonada, un rostro rehecho o una escena modificada debe saber que hay intervención artificial antes de tomarlo por real, algo que ya había aparecido en las reglas sobre deepfakes y en el debate sobre el etiquetado europeo.
La accesibilidad deja de ser un detalle cuando el aviso va dirigido a menores o mayores
No basta con informar, hay que hacerlo de forma comprensible para quien recibe el mensaje. El reglamento exige una atención especial cuando la información va dirigida a menores, personas mayores o personas con discapacidad.
Esa precisión importa porque la transparencia puede fallar incluso cuando el aviso existe, si aparece con lenguaje técnico, en un lugar poco visible o con un formato difícil de entender. Dicho de otro modo, la norma mide el cumplimiento por la claridad real del mensaje y no por el simple gesto de incluirlo.
También entran en este paquete los sistemas de reconocimiento de emociones y de categorización biométrica.
En esos casos, las personas afectadas deberán recibir información sobre el funcionamiento del sistema y sobre el tratamiento de sus datos personales. La obligación alcanza tanto a la lógica básica del sistema como al uso de información sensible sobre la persona observada.
La ficción conserva su espacio, pero ya no puede ocultar que hubo una máquina detrás
Europa introduce aquí una matización interesante. Las obras artísticas, creativas, satíricas o claramente ficticias también deben señalar la existencia de contenido generado por inteligencia artificial, aunque sin interferir en la experiencia de la obra.
Esa excepción parcial reconoce algo evidente, que no es lo mismo un engaño diseñado para hacerse pasar por real que una pieza creativa donde el artificio forma parte del lenguaje. Aun así, la obligación de etiquetar sigue en pie, una discusión que conecta con la marca de agua europea para contenidos creados con IA.
La paradoja es sencilla.
Cuanto más natural parece una inteligencia artificial, más insiste la ley en recordarnos que no lo es. Y desde el 2 de agosto de 2026 esa advertencia ya no pertenece al terreno de las buenas prácticas, sino al de una obligación legal visible desde la primera línea de contacto.